23 nov 2014

normativas y reglamentos de forma cronológica en España

modificación REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN 2014 

normativa diciembre 2003
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Miércoles, 3 octubre 2012
LO MÁS DIFÍCIL SERÁ QUE LOS CONDUCTORES RESPETEN ESTAS NUEVAS NORMAS. TAMBIÉN LAS AUTORIDADES DEBEN SANCIONAR CON MÁS DUREZA A LOS VEHÍCULOS QUE NO RESPETEN A LOS CICLISTAS EN LOS ADELANTAMIENTOS

La nueva ley de la DGT reconoce el derecho de los ciclistas de circular en grupo y en paralelo y les otorga prioridad en la circulación

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La nueva ley de la DGT reconoce no sólo el derecho de los ciclistas de circular en grupo y en paralelo, sino que además les otorga prioridad en la circulación.

Los ciclistas y aficionados a la bicicleta están de enhorabuena, ahora toca difundir la nueva norma a los conductores, que deberán respetar las estrictas normas de adelantamiento a esto vehículos que, por sus circunstancias especiales, son extremadamente débiles.
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Al arcén
Los vehículos de seguimiento de ciclistas deberán circular por el arcén, según esta nueva ley, lo que facilita el adelantamiento y disminuye el riesgo de colisión. Los ciclistas siguen obligados a circular por el arcén siempre que las circunstancias lo permitan, y conservan el derecho a utilizar la parte derecha de la calzada siempre que lo necesiten (especialmente en descensos prolongados con curvas). Si circulan en grupo serán considerados como una sola unidad.


Autovías
Los ciclistas podrán circular por las autovías siempre y cuando no esté expresamente prohibido por una señalización. Pero todo ascenso viene acompañado de un aumento en la responsabilidad: las bicis deben tener elementos reflectantes así como sus conductores, cuando circulen por vías interurbanas en circunstancias en las que sea obligatorio el alumbrado para el resto de vehículos.


Nuevos términos para ciclistas

•    Los ciclistas, cuando no dispongan de una vía o parte de la misma especialmente destinada a ellos, circularán por el arcén de la derecha; también podrán hacerlo los vehículos en seguimiento de ciclistas, a una velocidad por debajo de los límites mínimos.
•    Los ciclistas podrán superar la velocidad máxima fijada para ellos (40 km/h) en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía aconsejen desarrollar una velocidad superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que necesiten, especialmente en descenso prolongados con curvas.
•    Podrán circular por los arcenes de las autovías salvo que, por razones de seguridad, se prohíba con señales.
•    Los ciclistas pueden circular en grupo, en cuyo caso se les considera como una única unidad móvil a efectos de prioridad.
•    Para adelantar a un ciclista o grupo de ellos, se ocupará parte o la totalidad del carril contrario de la calzada, incluso cuando esté prohibido el adelantamiento, siempre que se pueda efectuar la maniobra sin peligro.
•    Se añaden nuevos términos como VÍA CICLISTA (específicamente acondicionada para las bicicletas); CARRIL-BICI (cuando discurre adosado a la calzada); CARRIL-BICI PROTEGIDO (con elementos laterales que lo separan del resto de la calzada); ACERA-BICI (con trazado independiente de la carretera); y SENDA CICLABLE (vía para peatones y bicicletas que discurre por espacios abiertos, parques o bosques).



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La ley y la bici en España

La Ley de Tráfico, en vigor desde 9 de mayo, no obliga a utilizar el casco cuando se usa la bicicleta salvo a los menores de 18 años

Ciclistas en el centro de Barcelona. / MASSIMILIANO MINOCRI
En España no es obligatorio utilizar el casco cuando se usa la bicicleta para moverse en ciudad. Así lo indica la recién estrenada Ley de Tráfico, que entró en vigor el pasado 9 de mayo. A pesar de los intentos de la Dirección General de Tráfico (DGT) de imponer su uso obligatorio en el ámbito urbano —por vías interurbanas se debe utilizar desde hace años—, la rebelión social de los ciclistas obligó a su directora, María Seguí, a replantearse la normativa.
La obligación en España se convirtió, junto con el aumento de velocidad a 130 kilómetros por hora, en una de las medidas más polémicas de la Ley de Tráfico. Finalmente, y a la espera del desarrollo del Reglamento de Circulación, solamente los menores de 18 años deben de usar el casco siempre que se monten en una bicicleta.
“Se impone el casco a los menores, cuando en realidad se dejaba abierta la puerta a la DGT y al Ministerio de Interior para que, vía reglamentaria, dicha norma se amplíe a todas las edades”, opinaba Manuel Martín, expresidente de ConBici (Coordinadora en defensa de la bicicleta), que aglutina a más de 50 asociaciones probicicleta, en referencia al texto aprobado por la DGT. La directora Seguí, sin embargo, ha asegurado que no va a insistir más en la obligatoriedad.
“Parecía que la DGT estuviera peleando por los intereses de la industria automovilística y de las aseguradoras”, se quejaba desde la organización, que considera que la obligatoriedad aumenta la inseguridad ciclista. “Transmite la idea de que pedalear es mucho más peligroso de lo que realmente es”, dice Joan Valls, secretario técnico de la Red de Ciudades por la Bicicleta. La razón: la primera consecuencia del casco obligatorio se traduce en un descenso del número de ciclistas urbanos. Y al disminuir el número de ciclistas en una ciudad, aumenta su inseguridad. Estas conclusiones se basan en la experiencia australiana, país que junto a Nueva Zelanda, obliga al uso del casco en todo su territorio. En varios estados de Estados Unidos también se requiere su uso para circular mientras que en los países europeos, los más ciclistas del mundo, la obligatoriedad no se contempla. Israel y México impusieron su uso para, poco después, retirar la obligación.
Mientras la directora Seguí defendía la inclusión de los ciclistas en la Ley, los colectivos de pedaleantes denunciaban que la DGT estaba realizando el trabajo sucio para las aseguradoras. “Querían imponer el casco para que las aseguradoras pudieran tener argumentos legales con los que responsabilizar al ciclista en caso de accidente. De este modo es más fácil defender a un conductor de automóvil, sus principales clientes”, asegura un activista que prefiere mantenerse en el anonimato. “El último objetivo: lograr disminuir las cuantías de las indemnizaciones”, añade. La obligatoriedad nunca se aprobó. Por ahora, para circular en bicicleta por ciudad la ley solo exige luces, timbre y respetar las normas.



14 sept 2014

vídeo currículum (parte 2) from zeroanodino



Hola, sigo buscando...
vídeo currículum realizado en septiembre del 2014 para encontrar trabajo.
http://zeroanodino.blogspot.de/